Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 19 (parcial) y 119 (parcial) de la Ley 2200 de 2021. Al respecto se sostiene la inconstitucionalidad de los artículos demandados debido a cuatro razones principales: i) la violación del principio de colaboración armónica del poder, ii) la invalidez de la delegación de una competencia propia de las asambleas departamentales en cabeza del gobernador, iii) la vulneración al control de político y el principio de representación democrática que debe estar presente en la aprobación y modificación de las partidas presupuestales y, finalmente, iv) la vulneración del principio de eficiencia.
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